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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 25 de Abril del 2024

APRUEBA CONSEJO GENERAL MECANISMOS PARA DESIGNAR A DIPUTADOS Y SENADORES PLURINOMINALES

• Otorga el IFE tiempos del Estado en radio y televisión a FEPADE y TEPJF en periodo de campaña, de reflexión y Jornada Electoral

El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) aprobó, por unanimidad de votos, el mecanismo para aplicar la designación de 200 diputados federales y 32 senadores de la República por el principio de representación proporcional, con base en los resultados de la votación total emitida en los comicios del 1 de julio próximo.

Al respecto, el Consejero Electoral Marco Antonio Baños Martínez, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, destacó que el mecanismo que se aplicará para la asignación de los legisladores plurinominales es el mismo que se aplicó en los comicios federales de los años 2003 y 2009, y fue ratificado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Baños Martínez aseguró que estas reglas permiten materializar el mandato referido en el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En otro punto de la sesión, por unanimidad, el pleno asignó los tiempos del Estado en radio y en televisión que corresponderán a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para difundir mensajes que permitan el cumplimiento de sus fines durante el periodo de las campañas electorales (del 30 de marzo al 27 de junio), el de reflexión (del 28 al 30 de junio) y en la jornada electoral del 1 de julio.

También, la autoridad electoral conoció y resolvió cuatro quejas iniciadas como procedimientos especiales sancionadores, de las cuales sólo una fue declarada como fundada en contra del exgobernador del estado de Hidalgo, Miguel Ángel Osorio Chong y dos funcionarios de su administración, por la difusión extraterritorial de 123 impactos en radio y 398 en televisión de su VI Informe de Gobierno, durante el mes de marzo de 2011, ante lo cual por unanimidad se dio vista al Congreso Local y a la Secretaría de Contraloría de la entidad, para que resuelva lo que a su derecho corresponda.

Entre las quejas infundas, el Consejo General determinó por cinco votos a favor y cuatro en contra –de los Consejeros Electorales Marco Antonio Baños Martínez, Francisco Javier Guerrero Aguirre, Alfredo Figueroa Fernández y Sergio García Ramírez- la improcedencia de una denuncia de los partidos políticos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y diversos ciudadanos, en contra del Presidente de la República, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, así como funcionarios de la Secretaría de Gobernación, y del Partido Acción Nacional (PAN), por la difusión de una encuesta ante consejeros de Banamex, el 23 de febrero pasado; aunque, en una votación en lo particular, por seis votos a favor y tres en contra del Consejero Presidente, Leonardo Valdés y los Consejeros Electorales Macarita Elizondo Gasperín y Benito Nacif Hernández se consideró que el acto en el cual participó el titular del Ejecutivo tenía carácter público, y no privado como se proponía en el proyecto original.

En el desahogo del caso, Leonardo Valdés hizo un llamado respetuoso, pero enérgico, al Presidente de la República, a los gobernadores, a los presidentes municipales y a todos los servidores públicos para que respeten el marco legal y eviten que sus actuaciones incidan en la contienda electoral. “A los mexicanos nos conviene que el proceso electoral se desarrolle con apego a la legalidad y la certeza”, destacó.

Más adelante, el Consejo General conoció tres sentencias de la Sala Superior del TEPJF, de los cuales solamente dos fueron declaradas como fundadas.

En el primero de los casos, por unanimidad, se procedió a la individualización de las siguientes multas: 4 millones 723 mil 952 pesos al Partido del Trabajo (PT) y de 2 millones 952 mil 453 pesos al partido Movimiento Ciudadano, por la realización de actos anticipados de precampaña y/o campaña electoral, mediante la promoción en radio y televisión de mensajes de la asociación Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), en apoyo al aspirante presidencial Andrés Manuel López Obrador, durante los meses de octubre y noviembre de 2011.

En el segundo acatamiento de sentencia, el Consejo General aprobó por siete votos a favor y dos en contra de los Consejeros Electorales Leonardo Valdés y Alfredo Figueroa Fernández amonestar públicamente a Óscar Cantón Zetina, por transgredir la norma electoral, al promover en el estado de Tabasco, durante octubre de 2011, el voto a favor de Andrés Manuel López Obrador.

En el tercer acatamiento de la Sala Superior del TEPJF, se validó por cinco votos a favor y cuatro en contra –de los Consejeros Leonardo Valdés, Macarita Elizondo Gasperín, María Marván y Benito Nacif Hernández, – relacionado con la difusión de promocionales de distintas instancias del Gobierno Federal en radio y televisión, se declaró parcialmente fundado al imponer una amonestación pública a la concesionaria XHNX-FM-98.9 en el Estado de México, por la difusión de tres promocionales durante la campaña electoral de 2011.

En tanto, las Consejeras y los Consejeros Electorales declararon por unanimidad la pérdida de registro de las agrupaciones políticas “Alianza Nacional Revolucionaria”, “México Nuestra Causa” y “Horizontes” y en términos de lo previsto en el artículo 35 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).

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Etiquetas: candidatos, IFE, plurinominales, representacion proporcional