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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 23 de Abril del 2024

COMUNICADO DE PRENSA

Piedras Negras, Coah. En relación con las declaraciones realizadas por personal de la empresa PASA, S.A. de C.V., en la ciudad de Piedras Negras el día de hoy 28 de Junio de 2017, se refiere lo siguiente:

Actualmente, se está substanciando el proceso de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL No. MPN-008-2017, denominada “LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIA EN SUS ETAPAS DE BARRIDO MANUAL Y MECÁNICO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS EN EL MUNICIPIO DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA DE ZARAGOZA”.

Dicho proceso obedece a un acuerdo de cabildo del R. Ayuntamiento de Piedras Negras, tomado en sesión del 04 de abril de 2017, y obedece a que el Servicio le fue concesionado a PASA, S.A. DE C.V. desde el 29 de abril del año 1997, por un plazo de 15 años, mismo que le fue prorrogado en el año 2004 por cinco años más, prácticamente sin modificaciones a las condiciones que se pactaron en 1997. Lo que quiere decir que PASA ha operado el servicio durante 20 años continuos.

Dicha empresa, previo al inicio del proceso de licitación solicitó que le fuera prorrogada la concesión del servicio por 15 años más, prácticamente en las mismas condiciones que pactaron en 1997, lo que hubiera derivado en que operara el servicio hasta el año 2032, esto es, durante 35 años.

PASA ha declarado prestar el servicio actualmente “de buena fe”; sin embargo, contrario a ello, se aclara que en el Acuerdo de Cabildo del 04 de abril no sólo se acordó iniciar el proceso de licitación; también se acordó contratar, mediante adjudicación directa, la prestación del servicio de recolección y disposición final de residuos, en tanto se substancia el proceso de licitación actual, por lo que en fecha 29 de Abril de 2017 se firmó el contrato respectivo, cuya vigencia termina el 31 de Julio de 2017 y del cual se han efectuado los pagos correspondientes. Se destaca que en la presente administración se han cubierto oportunamente los pagos de PASA, sin retrasos ni menoscabo en las facturas generadas.

Llama la atención que PASA argumente que se han propuesto montos por debajo de los actuales y que ello implica un ahorro para el Municipio. Ello implicaría que ha lucrado excesivamente con sus tarifas actuales, y que lo deseaba seguir realizando por 15 años más al solicitar que le fuera prorrogado el servicio en las mismas condiciones.

Contrario a lo declarado por PASA, las propuestas recibidas por las otras empresas licitantes se encuentran por debajo de lo que se ha venido pagando a PASA mes con mes, lo que de inicio implicaría un ahorro en caso de contratarse cualquiera de las ofertas vigentes. Por el momento no se proporcionan cantidades específicas ni detalles a fin de no afectar el proceso de licitación respectivo.

Como PASA lo refiere, desde el mes de abril se inició un procedimiento de verificación por parte de la Contraloría Municipal, independiente y ajeno al proceso de licitación, siendo que de dicho procedimiento se derivó la detección de incumplimientos al contrato al amparo del cual se estaba operando el servicio. Los incumplimientos detectados son graves y ocasionaron menoscabo al Erario del Municipio, pudiendo haber ocasionado daños y perjuicios mayores.

En dicho proceso se ha observado y se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en las leyes aplicables, cumpliendo con el debido proceso y otorgando un adecuado derecho de audiencia y defensa a la empresa verificada.

El proceso de verificación concluyó el viernes 23 de junio de 2017, en donde se determinó inhabilitar a la empresa por actualizarse un supuesto previsto en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Dicho artículo prevé lo siguiente:
Artículo 73.- Las Dependencias y Entidades se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en las materias a que se refiere esta Ley, con las personas físicas o morales siguientes:

(…)

VI. Los proveedores que se encuentren en situación de atraso en las entregas de los bienes o en la prestación de los servicios o no hubieren cumplido sus obligaciones contractuales respecto de las materias a que se refiere esta ley por causas imputables a ellos mismos, respecto de otro u otros contratos celebrados con la propia dependencia o entidad, siempre y cuando éstas hayan resultado gravemente perjudicadas;

(…)

En este sentido, por Ley, el Municipio se encontraba impedido jurídicamente para recibir la propuesta presentada por la empresa sancionada. De haberse permitido concursar y abrir las propuestas, se habría actuado contra la Ley y se habrá puesto en desventaja a las otras licitantes, pues se hubiera permitido la participación de una empresa que no ha cumplido a cabalidad con las obligaciones adquiridas en otro contrato.

En este y en todos los procesos de licitación, el Ayuntamiento de de Piedras Negras se encuentra comprometido con la legalidad, transparencia y rendición de cuentas, por lo que se da cabal cumplimiento a las disposiciones legales aplicables, velando siempre por el bienestar y desarrollo de los habitantes del Municipio.

Etiquetas: declaración, Fernando Purón, Licitacion, Pasa, Piedras Negras, PROCESO, servicio