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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 28 de Marzo del 2024

Firma el gobernador decreto para la promulgación de las reformas que crean el nuevo tipo penal de la desaparición forzada de personas

Además, la Subprocuraduría de Investigación y de Búsqueda de Personas no Localizadas

Saltillo, Coah. El Gobernador Rubén Moreira firmó el Decreto para la promulgación de las reformas que crean el nuevo tipo penal de la desaparición forzada de personas, y la Subprocuraduría de Investigación y de Búsqueda de Personas No Localizadas.

El mandatario estatal precisó que en la defensa de los Derechos Humanos su administración hizo un compromiso para la búsqueda de las personas desparecidas, porque es algo que lacera no sólo a la sociedad coahuilense, sino a todo el país, donde tan sólo en el estado hay alrededor de mil 680.

Pero también, añadió, en respuesta a este compromiso con la sociedad, se creó el nuevo tipo penal de desapariciones forzadas y el área especializada para la investigación y búsqueda de las personas.

El propósito de estos nuevos modelos jurídicos, no sólo es encontrar a los desaparecidos, sino además evitar que esta práctica se repita o se extienda y castigar a las personas que hayan desaparecido a alguna otra, expuso el Gobernador del Estado.

En el Salón Gobernadores, de Palacio de Gobierno, Rubén Moreira aseguró que el propósito de su gobierno es el respeto a los Derechos Humanos en lo más amplio de la teoría, desde la vida hasta la defensa del medio ambiente.

Así se establece en la nueva Ley Orgánica del Gobierno del Estado, donde también se presentan las metas del milenio, que son las que la humanidad requiere como principios básicos, al igual de que está claro el respeto a la diversidad, a las creencias, a la vida y a la ley.

Además de que el gobierno que encabeza, en este sentido creó la Unidad de Derechos Humanos, oficina que depende del Despacho del Ejecutivo.

“La lucha contra el narcotráfico y la delincuencia organizada no puede ser usada como pretexto para violar los Derechos Humanos, porque nada, ni el peor de los crímenes lo justifica”, sostuvo el mandatario coahuilense.

El Decreto lo signó el Gobernador Rubén Moreira ante el Presidente de la Junta de Gobierno del Congreso, Eliseo Mendoza Berrueto, y del Magistrado Antonio Berchelmann en representación del Tribunal Superior de Justicia, y Raúl Alvarado Castro, Consejero Jurídico del Ejecutivo.

Además de Homero Ramos Gloria, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado; María del Carmen Galván Tello, titular de la Unidad de Derechos Humanos del Ejecutivo, y de Lauren Rosaura Rodríguez Villarreal, Fiscal Especial para la Investigación de Asuntos de Personas Desaparecidas, quien próximamente se hará cargo de la nueva Subprocuraduría en el ramo.

Raúl Alvarado Castro habló de estas nuevas reformas que fortalecen y modernizan los sistemas de seguridad pública, procuración de justicia y protección de los Derechos Humanos, aprobadas por unanimidad en el Congreso el pasado 21 de febrero.

Explicó que en la desaparición forzada de personas se adicionó el Código Penal de Coahuila en el Artículo 212 Bis que regula las sanciones y tipifica este delito.

Así, se aplicarán de 10 a 40 años de prisión y de 300 a mil días de multa, además de la destitución e inhabilitación en el desempeño de cualquier cargo empleo o comisión hasta por 10 años al servidor público que abusando de sus atribuciones detenga o mantenga dolosamente oculta a una o varias personas.

Mientras que al particular que con el apoyo de un servidor público participe en los actos descritos en el párrafo anterior, se le impondrán de 12 a 30 años de cárcel y de 150 a 500 días de multa.

En caso de que la persona desparecida fuera encontrada posteriormente sin vida, se iniciará la averiguación previa correspondiente por separado, y en su caso se impondrán las sanciones que correspondan por el delito o delitos que resulten sin perjuicio de la sanción impuesta por la desaparición forzada.

Si la víctima fuera liberada espontáneamente durante los tres días siguientes de su detención, la pena será de cuatro meses a 8 años de prisión sin perjuicio de ejecutar la que corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismo delitos.

En el caso de que la liberación correspondiera a los 10 días siguientes a su detención, la pena aplicable será de dos a 8 años de prisión.

Alvarado Castro precisó que este tipo penal contempla beneficios a quienes suministren información que permita esclarecer los hechos, donde las penas podrán ser disminuidas hasta una tercera parte cuando se proporcione información que permita esclarecer los hechos y de hasta en una mitad cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima.

En tanto que la Subprocuraduría de Investigación y Búsqueda de Personas tiene como finalidad establecer esta figura orgánica para que se brinde atención institucional y especializada a los asuntos relacionados con el tema.

Dentro de sus atribuciones figuran: instrumentar y coordinar el Programa Estatal de Búsqueda de Personas no Localizadas, además de mantener actualizados los protocolos de investigación y atención a víctimas en concordancia con las comisiones de Derechos Humanos y los instrumentos internacionales en la materia, entre muchas más.

Etiquetas: Coahuila, decreto, legislación, Rubén Moreira Valdéz, seguridad


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