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Ciudad Acuña, Coahuila, México | 26 de Abril del 2024

Pide el PAN Juicio Político contra el gobernador Humberto Moreira

Por considerar ilegal la designación de los actuales magistrados numerarios y supernumerarios del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Los diputados de la fracción del PAN en el Congreso del consideran ilegal la designación de magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado, por lo que demandaron juicio político en contra del gobernador del estado Humberto Moreira, señaló el diputado Jorge Arturo Rosales Saade.

(inicia el texto)

H. CONGRESO DEL ESTADO
DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PRESENTE.-

En la décima tercera sesión del segundo período ordinario del primer año de ejercicio Constitucional de la Quincuagésima Séptima Legislatura, celebrada por el pleno de este H. Congreso del Estado de Coahuila, el 5 de diciembre del año 2006, se dio cuenta de un escrito acompañado de un anexo en 23 fojas y su correspondiente ratificación, suscrito por los Licenciados Apolinar Rodríguez Rocha, Silvia Castillo López, Francisco Javier Robledo, Rogelio Zertuche, Guillermo Pruneda, Enrique Pedroza, José Humberto Garbett y Daniel Pedroza Amaya, mediante el cual se formula una denuncia de juicio político en contra del Gobernador del Estado, por considerar ilegal la designación de los actuales magistrados numerarios y supernumerarios del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Así mismo, en la primera sesión de la diputación permanente, del primer período de receso del segundo año, de ejercicio Constitucional de la Quincuagésimo Séptima Legislatura, celebrada el 5 de enero del año en curso, se dio cuenta del escrito y su respectiva ratificación, presentada por el Licenciado Alfonso de la Peña Cabello, mediante el cual formula una denuncia de juicio político en contra de los ciudadanos Gobernador del Estado; Presidente del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores de la Educación al Servicio del Estado y Director del Instituto Estatal de la Vivienda Popular del Gobierno del Estado; y Magistrados de la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con motivo del nombramiento expedido por el Ejecutivo del Estado, para la designación de los servidores públicos que se mencionan.

Los documentos antes mencionados, fueron turnados en las sesiones indicadas, a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a fin de que se realizara un análisis y posterior dictamen de los mismos.

Pese a que a transcurrido en exceso el término de 60 días naturales, que establece el artículo 144 de la Ley Orgánica de este Poder Legislativo, para que la comisión a la cual fue turnada, emita el dictamen correspondiente y se pronuncie respecto a la procedencia o improcedencia de lo solicitado por los ciudadanos promoventes, a la fecha no existe ningún dictamen al respecto.
Situación que resulta sorprendente, si comparamos la premura con la que la misma comisión a analizado una iniciativa de reforma Constitucional, para reformar los artículos 135 y 136 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la cual, se pretende aumentar el período de tiempo en que permanezcan en su cargo los Magistrados, además resulta incongruente que en la sesión pasada de este Poder Legislativo, se haya aprobado ya dicha iniciativa y enviado a los diversos municipios para su oportuna opinión, sobre todo si consideramos que la reforma en comento en caso de ser aprobada en forma definitiva traería como consecuencia el que los actuales magistrados y por tanto a quienes los promoventes consideran ilegalmente designados por parte del Gobernador del Estado de Coahuila, serían quienes se beneficiarían con la prórroga de nueve años adicionales a los 6 años para los que originalmente fueron propuestos, lo anterior ya que seguirían en su cargo como consecuencia de la reforma en comento.

Consideramos entonces, que es de suma importancia el que exista previa a la aprobación o no de la ampliación del período en que permanezcan en el cargo los magistrados, exista una resolución definitiva que establezca si la conducta realizada por el Gobernador del Estado de Coahuila corresponde a las enumeradas en el artículo 8 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios, así como si la denuncia es procedente y por tanto amerita la incoación del procedimiento.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo establecido por el artículo 67 fracción XX de la Constitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 248, y 249 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Coahuila, los diputados del Partido Acción Nacional, presentan los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO:

PRIMERO.- Que en atención a la gravedad social de los hechos que motivan el presente documento se considere la propuesta aquí plasmada de urgente u obvia resolución, lo anterior con fundamento en lo establecido por el artículo 252 con relación al artículo 198 ambos de la Ley Orgánica del Congreso del Estado.

SEGUNDO.- Que el Pleno de este H. Congreso del Estado con fundamento en lo establecido en el artículo 144 de su Ley Orgánica y toda vez que ha transcurrido en exceso el término de 60 días naturales que para tal efecto se le concede, requiera a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, emita los dictámenes relativos a los juicios políticos señalados con antelación

ATENTAMENTE
SALTILLO, COAH., A 12 DE JUNIO DEL 2007.
“Por una patria ordenada y generosa
y una vida mas digna para todos.”

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DIP. JORGE ARTURO ROSALES SAADE

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DIP. LUIS GURZA JAIDAR DIP. JOSE IGNACIO MAYNEZ VARELA

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DIP. LUIS A. MENDOZA BALDERAS DIP. SILVIA GPE. GARZA GALVAN

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DIP. JOSE FRANCISCO CORTES LOZANO DIP. CESAR FLORES SOSA

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